Consideraciones canónicas y pastorales sobre los delitos de difamación y calumnia en la Iglesia
DOI:
https://doi.org/10.31240/2595-1165.vol3n6a2020pp131-156Palavras-chave:
Canon 220, buena fama, derecho al honor, delitos de falsedad, falsas denuncias, canon 1390, derecho penal canónicoResumo
Entre los varios delitos de falsedad que el derecho penal canónico tipifica en el can. 1390 se encuentran los de denuncia calumniosa y lesión de la buena fama del prójimo. El artículo muestra la regulación canónica del derecho a la buena fama de los fieles en la Iglesia, y cómo la difamación y la calumnia representan auténticos comportamientos delictivos contra la dignidad y el honor de las personas. Se reflexiona sobre las consecuencias pastorales que estos delitos tienen para la comunidad eclesial y las medidas canónicas que los pastores pueden adoptar para proteger el honor y la buena fama de todos los fieles en la Iglesia. En cuanto conductas que contaminan seriamente las relaciones dentro y fuera de la Iglesia deben ser duramente combatidas, especialmente en un mundo donde la buena imagen es tan valorada como vulnerable.